4. Deudor persona física
Se pueden dividir en dos grupos:
Trabajador por cuenta ajena – Como norma general, el deudor persona física que trabaja a sueldo puede tener dos tipos diferentes de deuda:
- Deuda de familia.- Se han adquirido bienes o servicios para el disfrute de la familia: Muebles – Automóvil – Obras o reformas en domicilio. Etc.
- Deuda de un negocio propio.- Con anterioridad el deudor tuvo un negocio propio que cerró, dejando deudas (proveedores y clientes). En estos casos lo mejor es visitar al moroso en su trabajo. Por las características de este tipo de deudor, la deuda ha sido asumida por la familia que, lógicamente, defenderá la situación poniendo trabas y, en muchas ocasiones, haciendo inútil nuestro trabajo. Esto no ocurrirá si la gestión se realiza en el lugar de trabajo, ya que el deudor no querrá que sus compañeros y jefes se enteren de la situación. Hay que aprovechar, en este tipo de gestiones, el temor que todo moroso tiene a que el gestor le ridiculice en su entorno, cualquiera que sea, no querrán me conozcan que debe dinero. Insistimos en el hecho de evitar las amenazas «delictivas», sólo con la Ley.
Trabajador por cuenta propia
Asimismo, este deudor que tiene un negocio propio puede tener dos tipos de deuda:
- Deuda de familia.- Tendrá el mismo tratamiento que el del apartado anterior ya que, en este caso, el deudor no tiene jefes pero si empleados y clientes.
- Deuda propia del negocio.- Visitaremos al deudor en su domicilio. Aquí es el deudor el que encontrará un ambiente hostil, ya que, normalmente, su esposa no sabrá nada del asunto y presionará para evitar más visitas del gestor. Es suficiente encontrar, en este tipo de expedientes, que el moroso ha comprado una mercancía y la ha vendido sin haberla pagado con lo que habrá cometido un delito de estafa. Presionaremos con la acción judicial inmediata.